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Artículo 99

Además de lo señalado en el artículo 95 de la presente Ley, los órganos autónomos deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:

I…
II…
III. La Comisión como organismo garante del derecho de acceso a la información y la protección de datos personales:


Art
99

INCISO a

RESOLUCIONES

Las resoluciones que dicte el Pleno, el sentido de éstas, así como los estudios o dictámenes que las apoyan.

Art
99

INCISO b

REQUERIMIENTOS

La relación de requerimientos, observaciones, recomendaciones y resoluciones emitidas, así como el seguimiento a cada una de ellas,
incluyendo las respuestas entregadas por los sujetos obligados a los solicitantes en cumplimiento de las resoluciones

Art
99

INCISO c

CRITERIOS

Los criterios orientadores que deriven de sus resoluciones.

Art
99

INCISO d

ACTAS DE SESIONES DEL PLENO

Las actas de las sesiones del Pleno de la Comisión, del Consejo Consultivo y las versiones estenográficas.

Art
99

INCISO e

EVALUACIONES

Los resultados de la evaluación al cumplimiento de la presente Ley por parte de los sujetos obligados.

Art
99

INCISO f

RESOLUCIONES

En su caso, las resoluciones, sentencias, ejecutorias o suspensiones judiciales que existan en contra de sus resoluciones.

Art
99

INCISO g

QUEJAS, DENUNCIAS Y RECURSOS DE REVISIÓN

El número de quejas, denuncias y recursos de revisión dirigidos a cada uno de los sujetos obligados, así como el objeto de cada una de estas.

Art
99

INCISO h

RECOMENDACIONES

Las recomendaciones emitidas por el Consejo Consultivo.